Elegir el régimen matrimonial indicado te evitará situaciones inesperadas durante tu vida matrimonial y, en caso de una ruptura, el divorcio o la separación será un proceso más fácil de llevar a cabo.
Básicamente, el régimen económico matrimonial es un conjunto de normas jurídicas que determinan los efectos patrimoniales de un matrimonio: los intereses o relaciones económicas que se deriven de este.
Por otro lado, en este artículo nos ocuparemos de los beneficios que supone el régimen de separación de bienes.
Los 3 regímenes económicos matrimoniales establecidos en España son:
- Régimen matrimonial de Gananciales: en este, todos los bienes, derechos o deudas adquiridos durante el matrimonio serán compartidos en partes iguales por la pareja.
- Régimen matrimonial de separación de bienes: los bienes, derechos, deudas o rentas que perciba cada miembro de la pareja, serán exclusivos de cada uno, tanto antes como durante el matrimonio.
- Régimen matrimonial de participación: Este es una mezcla entre el de separación de bienes y el de gananciales. Lo que supone el régimen de participación es que cada cónyuge, tiene el derecho a participar en los derechos y deudas durante el tiempo que se haya establecido, en caso de una separación o divorcio, pero en la vida matrimonial es como un régimen de separación de bienes.
De manera general, el de gananciales es el régimen matrimonial que se aplica por defecto. Es decir, si a la hora de celebrar el matrimonio si la pareja no elige un régimen económico matrimonial se aplica el régimen de gananciales.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que en algunas Comunidades Autónomas en su derecho foral tienen cambios respecto al régimen de gananciales o se aplica por defecto el régimen de separación de bienes. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana, Islas Baleares y Cataluña, por defecto se aplica el régimen de separación de bienes.
¿Cómo puedo elegir el régimen económico de mi matrimonio?
Si es antes del matrimonio, se puede hacer a través de las capitulaciones prematrimoniales y si es después, a través de las capitulaciones matrimoniales.
Pero, ¿qué son las capitulaciones matrimoniales? Estas se refieren a un documento donde se fijan las reglas de la relación económica de un matrimonio (el régimen económico matrimonial).
Además, las capitulaciones matrimoniales, el único requisito que exige es que ambos miembros de la pareja estén de acuerdo y acudan al Notario, para firmar y hacer válidas estas capitulaciones.
En esencia, antes de firmar un documento te aconsejamos que te asistas de un abogado de familia para que te dé la seguridad que necesitas de este trámite. Incluso, en caso de que ya se haya celebrado tu matrimonio y desees modificar el régimen económico matrimonial, lo puedes hacer con la asistencia letrada de un abogado experto en materia como el que puedes encontrar aquí en Lexify.
El Código Civil lo establece así en el artículo 1.325: En capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo.
¿Qué caracteriza al régimen de separación de bienes?
El abogado José Miguel Sanz lo explica así: “A grandes rasgos una separación de bienes diferencia patrimonios de los cónyuges. Cada uno lo que hace, es que gestiona y administra sus propios bienes. Aunque también es cierto que, luego puede haber bienes que se adquieran en conjunto mediante el matrimonio, pero siempre y cuando, esos bienes se comparta la titularidad.”
Así mismo, fija el Código Civil en el Art. 1.437: En el régimen de separación pertenecerán a cada cónyuge los bienes que tuviese en el momento inicial del mismo y, los que después adquiera por cualquier título. Asimismo corresponderá a cada uno la administración, goce y libre disposición de tales bienes.
En este sentido, las características de la separación de bienes son las siguientes:
- Los bienes y las deudas: el patrimonio personal que posea y adquiera cada cónyuge junto con las deudas, antes y durante el matrimonio son exclusivos de cada uno. Son dueños de estos derechos y pueden disponer libremente sin el consentimiento del otro cónyuge. En el caso de las deudas, cada cónyuge es responsable de sus propias obligaciones.
No obstante, como explicaba el abogado José Miguel Sanz, durante el matrimonio, como se crea una comunidad tanto personal como matrimonial, algunos bienes se adquieren en conjunto, por ejemplo la vivienda familiar es un bien del cual uno de los cónyuges no puede disponer libremente sin el consentimiento o autorización del otro.
Esto también aplica en el caso de las deudas para el pago con relación a los gastos familiares. Es decir, si uno de los cónyuges adquiere una deuda para pagar un gasto familiar, ambos cónyuges son responsables.
Y, al mismo tiempo representa un beneficio, ya que tener su propio patrimonio, no le impide a los cónyuges tener un patrimonio familiar.
- Las cargas del matrimonio: ambos cónyuges tienen la obligación de aportar al sostenimiento de todas las cargas familiares como la alimentación, los hijos, la hipoteca, etc.
De igual forma, estas características representan también los beneficios o ventajas que implica el régimen de separación de bienes.
Ahora bien, en caso de separación o divorcio los beneficios de la separación de bienes son:
- El reparto de bienes será más simple, ya que cada quien sabe que tiene. En este caso, no hay que hacer liquidación de bienes gananciales y cada cónyuge conservará su patrimonio.
- Hace más fácil el reparto de la herencia.
Asimismo, el régimen de separación de bienes en el matrimonio representa unas desventajas, ya que este régimen es menos solidario, por lo que:
- Si uno de los cónyuges tiene ingresos más bajos que su otro cónyuge o se ha dedicado a las labores del hogar, este régimen no representa un beneficio.
- Debido a que cada uno es responsable de su patrimonio, no está en obligación de informarle al otro cónyuge si invierte su dinero o si compra alguna propiedad, por ejemplo.
Sin embargo, en caso de un divorcio, el Código Civil en el Art. 1.438 establece que si alguno de los cónyuges se ha dedicado al trabajo de la casa, estas cargas se computan con el fin de una compensación.
Por último, recuerda que cada matrimonio tiene situaciones en particular y en caso de problemas, es mejor acudir a los especialistas, como los que puedes contactar aquí en Lexify. Por ello, el abogado José Miguel Sanz aconseja respecto al régimen de separación de bienes:
“La separación de bienes me parece bastante ventajosa porque no supone nada raro, respecto a la de gananciales para que el patrimonio pueda disfrutar de todo lo que quiera; pero sí que te soluciona mucho la papeleta en el caso de que por ejemplo, haya una separación o un divorcio, ya que evita muchos roces, muchísimas discusiones y muchísimos problemas porque todo el mundo va a tener claro siempre, que es lo de cada uno. Entonces, si el día de mañana pase o no pase, hubiera que hacer una separación o un divorcio, todo el mundo va a tener claro lo que es suyo, nadie va a tener que estar discutiendo durante meses o años de quién es esto, cuánto cuesta, cuánto te doy o cuánto me ofreces.”