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Cómo impugnar un alta médica – Guía Actualizada 2024

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¿Discrepas con tu alta médica? No estás solo en este proceso.

Nuestra guía actualizada te muestra cómo impugnar un alta médica de forma efectiva.

Además, si te encuentras en la necesidad de asesoramiento legal, te damos la posibilidad de contactar sin compromiso con abogados especialistas en tu zona.

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Impugnación del alta médica durante los primeros 365 días

Durante los primeros 365 días de baja, la gestión de las bajas médicas es responsabilidad de diferentes organismos según la contingencia.

En caso de enfermedad profesional o accidente laboral, la mutua asume esta responsabilidad.

Por otro lado, en caso de enfermedad común o accidente no laboral, el médico de cabecera o el Servicio Público de Salud de la comunidad autónoma son los encargados de gestionar la baja.

Alta emitida por la mutua

Si la mutua emite un alta médica antes de cumplirse los primeros 365 días de baja, se puede impugnar a través de un procedimiento administrativo de revisión del alta médica.

Este procedimiento especial tiene la ventaja de mantener la baja por incapacidad temporal durante su tramitación, lo que implica que se suspenden los efectos del alta hasta que se resuelva la impugnación.

Al mantener la baja, también se mantiene el pago de la prestación por incapacidad temporal. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este pago no es definitivo, ya que en función de la resolución que emita el INSS y la fecha de alta que finalmente se establezca, la mutua podría reclamar la devolución de la prolongación de la incapacidad temporal.

El procedimiento de impugnación del alta emitida por la mutua se encuentra regulado en el artículo 4 del Real Decreto 1430/2009, en relación con el artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social.

A la hora de impugnar el alta emitida por la mutua, es necesario seguir ciertos pasos:

  • Plazo: se dispone de diez días hábiles siguientes a la notificación del alta para presentar la impugnación.
  • Documentación: es necesario completar el modelo correspondiente y adjuntar el historial médico que respalde la impugnación.
  • Lugar de presentación: la impugnación se debe presentar en el Registro del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • Efectos de la presentación: la presentación de la impugnación suspende los efectos del alta médica y prorroga la incapacidad temporal.
  • Resolución: el INSS resolverá la impugnación en un plazo de 15 días hábiles, estableciendo la fecha de efectos del alta o manteniendo la baja.

Es importante tener en cuenta que, en caso de que el trabajador decida interponer una demanda judicial después de finalizado este procedimiento y se mantenga el alta médica, deberá hacerlo en un plazo de 20 días hábiles.

En cuanto a la necesidad de presentar una reclamación previa antes de presentar una demanda, esto dependerá de la resolución emitida por el INSS que indique el alta al trabajador.

En la mayoría de los casos, al ser el INSS el encargado de resolver tanto el procedimiento de impugnación como la reclamación previa, es poco común que se cambie de opinión, por lo que es posible acudir directamente a la demanda ante los tribunales.

Alta emitida por el Servicio Público de Salud o el INSS (procedimiento ordinario)

Si el alta médica es emitida por el Servicio Público de Salud o el INSS durante los primeros 365 días de baja, se debe seguir el procedimiento ordinario de impugnación.

El procedimiento ordinario se rige por los artículos 71 y 140.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. A continuación, se detallan los pasos a seguir:

  • Reclamación previa: en primer lugar, es obligatorio presentar una reclamación administrativa previa ante el INSS en un plazo de once días hábiles desde la fecha de efectos del alta médica.
  • Contestación del INSS: el INSS tiene un plazo de siete días para contestar a la reclamación previa. En caso de que la respuesta sea negativa o no se reciba respuesta, se puede proceder a presentar una demanda ante los juzgados de lo social en un plazo de 20 días desde la resolución expresa o desde el vencimiento del plazo para contestar.

Durante este proceso, no se suspende el alta médica, lo que implica que el trabajador tiene la obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo.

Es importante tener en cuenta que, en algunos casos, se puede llegar a un acuerdo con la empresa para adaptar el puesto de trabajo o disfrutar de vacaciones durante la impugnación del alta.

Es fundamental seguir los plazos establecidos y presentar la documentación necesaria de manera adecuada.

En caso de que la demanda sea estimada, el trabajador tendrá derecho a mantener la situación de incapacidad temporal y el INSS o la mutua estarán obligados a pagar el subsidio hasta que se realice una revisión del trabajador para determinar el grado de incapacidad correspondiente.

Es importante tener en cuenta que la impugnación del alta médica durante los primeros 365 días mediante el procedimiento ordinario puede ser un proceso más complejo que el procedimiento especial aplicable a las altas emitidas por la mutua.

Por esta razón, es recomendable buscar asesoramiento legal para asegurar una adecuada defensa de los derechos del trabajador durante el proceso de impugnación.

Alta médica durante la prórroga de la baja

Durante el periodo de prórroga de la baja médica, que ocurre después de los primeros 365 días de incapacidad temporal, existe la posibilidad de que se emita un alta médica por parte del Servicio Público de Salud o el INSS.

En esta etapa, es importante conocer los procedimientos y pasos a seguir para impugnar el alta médica y mantener la situación de incapacidad temporal.

Cuando se recibe un alta médica durante la prórroga de la baja, se inicia un plazo de 11 días hábiles para presentar una Reclamación Previa ante el INSS.

Esta reclamación debe ser redactada de forma libre, donde el trabajador expone los motivos por los cuales considera que el alta médica es injustificada y solicita que se anule.

Es importante destacar que en este caso no existe un formulario específico para la Reclamación Previa, a diferencia de otros procedimientos.

El trabajador debe redactar un escrito en el que argumente de manera clara y fundamentada por qué no está de acuerdo con el alta médica y por qué considera que debe mantenerse la incapacidad temporal.

Una vez presentada la Reclamación Previa, el INSS tiene un plazo para contestar de siete días naturales. Durante este período, se evaluarán las razones expuestas por el trabajador y se tomará una decisión sobre si se mantiene el alta médica o se revoca, prolongando así la incapacidad temporal.

En caso de que el INSS mantenga el alta médica, el trabajador tiene la posibilidad de acudir a los tribunales y presentar una demanda ante los juzgados de lo social.

El plazo para presentar esta demanda es de 20 días hábiles desde la fecha de la resolución expresa del INSS o desde el vencimiento del plazo para contestar.

Alta médica después de 18 meses de baja

Cuando se alcanza el periodo de 18 meses de incapacidad temporal, se presenta una situación particular en la impugnación del alta médica.

En este caso, si se emite un alta médica después de 18 meses de baja, ya no es posible impugnar el alta en sí misma, ya que automáticamente se deniega la incapacidad permanente que se habría solicitado.

En lugar de impugnar el alta médica, se debe presentar una Reclamación Previa al INSS solicitando la concesión de la incapacidad permanente. La reclamación se realiza contra la negativa del INSS a otorgar la incapacidad permanente debido al alta médica emitida.

El plazo para presentar la Reclamación Previa es de 30 días hábiles desde la fecha de la resolución del alta médica. En este escrito, el trabajador debe exponer los motivos por los cuales considera que debe concederse la incapacidad permanente y aportar toda la documentación médica y pruebas relevantes que respalden su solicitud.

Es importante tener en cuenta que, en este caso, el objetivo no es revertir el alta médica, sino impugnar la negativa del INSS a conceder la incapacidad permanente. Es decir, se busca que se reconsidere la decisión y se otorgue la incapacidad permanente correspondiente.

Una vez presentada la Reclamación Previa, el INSS tiene un plazo para contestar, aunque en ocasiones este plazo puede extenderse debido a la complejidad del caso. Si la respuesta del INSS es desfavorable o no se recibe ninguna respuesta en el plazo establecido, se puede proceder a presentar una demanda ante los juzgados de lo social.

El plazo para presentar la demanda es de 30 días hábiles desde la fecha de la resolución expresa del INSS o desde el vencimiento del plazo para contestar. En la demanda, se argumentarán las razones por las cuales se considera que se debe conceder la incapacidad permanente y se solicitará la revisión del caso por parte de los tribunales.

Impugnación del alta ante la ley

Cuando todas las vías administrativas para impugnar el alta médica han sido agotadas y los resultados no son favorables para el trabajador, queda la opción de impugnar el alta ante la ley a través de la presentación de una demanda judicial. Este proceso se considera prioritario y permite que el caso sea revisado y resuelto por los tribunales.

Para iniciar la impugnación del alta ante la ley, el trabajador debe presentar una demanda ante los juzgados de lo social. El plazo para presentar la demanda es de 20 días hábiles desde la fecha de la resolución expresa del INSS o desde el vencimiento del plazo para contestar.

La demanda debe ser elaborada de manera adecuada, argumentando los motivos por los cuales se considera que el alta médica es injustificada y solicitando que se revoque, manteniendo así la situación de incapacidad temporal. Es importante contar con el apoyo de un abogado especializado en derecho laboral y Seguridad Social, ya que este profesional podrá asesorar y representar al trabajador durante todo el proceso.

Una vez presentada la demanda, se iniciará el procedimiento judicial. Los plazos y etapas de este proceso pueden variar dependiendo del juzgado y la carga de trabajo, pero en general, se seguirán los siguientes pasos:

  • Admisión de la demanda: el juzgado revisará la demanda presentada y decidirá si es admitida a trámite. En caso de ser admitida, se fijará una fecha para la celebración de la vista judicial.
  • Vista judicial: en la vista judicial, el trabajador y su abogado presentarán sus argumentos y pruebas ante el juez. El INSS también tendrá la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas en defensa del alta médica. El juez escuchará ambas partes y tomará una decisión basada en la legislación aplicable y las pruebas presentadas.
  • Sentencia: una vez celebrada la vista, el juez dictará una sentencia en un plazo determinado. La sentencia puede ser favorable al trabajador, revocando el alta médica y manteniendo la incapacidad temporal, o desfavorable, confirmando el alta médica emitida.

Es importante tener en cuenta que la duración del proceso judicial puede variar y que no se puede garantizar un plazo exacto para obtener una resolución. Sin embargo, una vez que se emite la sentencia, esta tiene efectos inmediatos y debe ser acatada por ambas partes.

En caso de que la sentencia sea favorable al trabajador y se revoque el alta médica, el INSS estará obligado a reponer la prestación por incapacidad temporal. En caso de que la sentencia sea desfavorable, el trabajador puede tener la opción de interponer un recurso de suplicación, dependiendo de la legislación y los procedimientos aplicables en cada jurisdicción.

Ejemplo real de impugnación de alta médica

Juan trabaja como operario de una fábrica y sufrió un accidente laboral que le provocó una lesión en la columna vertebral. Como consecuencia de este accidente, Juan estuvo de baja médica durante varios meses y recibió tratamiento y rehabilitación.

Después de seis meses de baja, la mutua emitió un alta médica, considerando que Juan estaba en condiciones de volver a trabajar. Sin embargo, Juan no se sentía completamente recuperado y consideraba que aún tenía limitaciones físicas que le impedían realizar su trabajo de manera adecuada y segura.

Ante esta situación, Juan decidió impugnar el alta médica emitida por la mutua y seguir el procedimiento administrativo de revisión del alta médica. Siguió los pasos correspondientes, presentando la impugnación dentro del plazo establecido y adjuntando su historial médico que respaldaba su situación.

El INSS, como entidad competente, recibió la impugnación y comenzó a tramitar el procedimiento. Durante la tramitación, se mantuvo la baja por incapacidad temporal y se continuó abonando la prestación correspondiente.

Después de analizar la documentación presentada por Juan y evaluar su situación médica, el INSS resolvió el caso en un plazo de 15 días hábiles. En su resolución, el INSS consideró que las limitaciones físicas de Juan aún justificaban la prolongación de la incapacidad temporal y decidió mantener la baja médica.

Gracias a la impugnación del alta médica, Juan pudo continuar recibiendo la prestación por incapacidad temporal y seguir con su proceso de recuperación. Además, la resolución del INSS estableció una nueva fecha de efectos de alta que tuvo en cuenta la situación médica actual de Juan.

Este caso real muestra cómo la impugnación del alta médica puede ser una herramienta efectiva para garantizar que los trabajadores reciban la atención y la protección adecuadas durante su proceso de incapacidad temporal. Es importante conocer los derechos y los procedimientos disponibles para impugnar un alta médica cuando existen razones legítimas para hacerlo.

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