¿Necesitas abogado?
Cuéntanos tu caso y recibe presupuestos de forma gratuita

Guía completa de Divorcios – Actualizada 2024

¿Quieres un abogado? Cada día ayudamos a más de 100 personas a conseguir un abogado.

Te ayudamos a conseguir el abogado adecuado para tu caso. Haz click en el boton de abajo para conseguir hasta 3 presupuestos de abogados especializados de forma totalmente gratuita

¿Buscando información acerca del proceso de divorcio?

En esta guía encontrarás todos los datos necesarios para afrontar un divorcio, desde los primeros pasos y tipos de divorcio hasta consejos sobre cómo manejar aspectos legales, financieros y emocionales.

También te explicaremos cómo puedes contactar sin compromiso con un abogado especialista en derecho de familia en tu ciudad.

1. El divorcio y la separación: ¿Cómo dar fin a una relación?

Para comenzar con esta guía, usaremos el divorcio y la separación como contexto. En primer lugar, para cualquiera de ellos debe existir el matrimonio, que es una condición imprescindible. Aunque parece obvio, algunas veces no lo es y ¿por qué?

Porque, por ejemplo, una pareja de hecho no puede hacer uso de esta figura legal, porque para estos casos no existe una normativa nacional que pueda regular esto, además cada Comunidad Autónomas también establece unas regulaciones al respecto.

Hay dos opciones para poner fin a un matrimonio, bueno, realmente son tres si se incluye la nulidad, que de esa hablaremos también.  Primero hablaremos de la separación y el divorcio, dos vías legales que tienen muchas cosas en común y escasas diferencias, pero muy considerables. 

Todas las normas que regulan esto se establecen en el Código Civil, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley del Divorcio de 1989 y la Ley de Divorcio de 2005: esta es la reforma conocida como divorcio express, ya que invalidaba la obligación de estar separado anteriormente, también cancelaba la necesidad de un motivo para alegar la ruptura. Ahora bien, la primera ley en España que regula el divorcio data desde 1932.

Básicamente, las palabras separación y divorcio lo que inducen es la idea del final de una convivencia, un requisito imprescindible para que ambas se puedan llevar al cabo.

Dentro de sus implicaciones están: la guarda y custodia de los hijos, añadiendo el pago de una pensión de alimentos, así como, un régimen de visitas y comunicación. Esto por un lado de los hijos (si hay), por otro está como regla general la liquidación de la sociedad económica que se creó con dicho matrimonio.

Cualquier condición respecto a la ruptura matrimonial deberán ser anotadas en el Convenio Regulador, el cual es un documento que debe tener el visto bueno del juzgado.

A continuación, veremos la correcta regulación del Convenio, ya que puede redactarse por ambos cónyuges cuando llegan a un acuerdo, pero si este no es el caso, el juez será quien quede a cargo de esta redacción, es decir, un divorcio contencioso.

¿Cuál es la diferencia entre separación y divorcio?

Tal vez te estéis preguntando entonces ¿cuál es la diferencia entre separación y divorcio? Pues bien, básicamente en la primera (la separación) no se disuelve el matrimonio y en la segunda (el divorcio) si se disuelve.

Para darte un ejemplo sencillo, si te separas no puedes volver a casarte, pero si te divorcias sí. Las personas divorciadas están en toda la libertad de volver a firmar los documentos correspondientes, ir al Registro Civil y generar un nuevo compromiso, ya sea con otra persona o con su expareja.

¿En qué consiste la nulidad matrimonial?

Decíamos anteriormente, que la otra opción para disolver un matrimonio, es la nulidad. La verdad no es muy habitual, ya lo veremos más adelante con las estadísticas. Además, esta vía legal se reserva para casos muy específicos, por ello no profundizaremos mucho. La nulidad básicamente es la que permite invalidar el matrimonio católico, como establece el Derecho Canónico:

  • Violencia física para obtener el beneplácito del matrimonio
  • Infidelidad, impotencia o incapacidad para tener hijos o tener relaciones sexuales
  • En casos de planear un aborto
  • En el caso de imposibilidad o dependencia psicológica hacia otros

Para el año 2015, el Papa Francisco I, simplifico e hizo gratuito el trámite para la solicitud de la nulidad, ya que permitió que el obispo de cada Diócesis este en la capacidad de aprobar la disolución matrimonial sin requerir ir hasta el Vaticano.

Otro tipo de nulidad es la civil, pero esta se reserva para casos muy específicos, por ejemplo, matrimonios celebrados de forma forzosa, es decir, cuando uno de los cónyuges actúa obligando al otro o en coacción del otro. También se da por motivos de parentesco o vicios de consentimiento.  

Estos dos tipos de nulidad, eclesiástica y civil, puede ser solicitada por uno de los cónyuges sin el visto bueno del otro. Por eso, si tú consideras que tienes todas las condiciones necesarias para acogerte a la nulidad, consúltalo con tu abogado, ya que como te decimos no es algo común en la práctica.

2. ¿Cómo divorciarse? Trámites necesarios

Bueno, vamos a lo más interesante. Con el conocimiento de la diferencia que existe entre separación y divorcio estáis listo para la siguiente decisión y es ¿cómo quieres poner fin a tu relación matrimonial?

Las dos vías para formalizar el divorcio son, el de mutuo acuerdo y el divorcio express.  Como os hemos dicho anteriormente, los dos cónyuges están de acuerdo con la disolución o por vía contenciosa cuando no hay acuerdo entre ambos y queda en manos del tribunal la decisión.  

En temas familiares los casos pueden ser tan variados, es decir, no hay un único método que asegure resolver un divorcio de la mejor manera, por el contrario, cada situación es un universo diferente que requiere unas actuaciones específicas y personalizadas. Por ello es tan importante que tu abogado conozca muy bien la situación, incluso antes que tu pareja.

De acuerdo al Instituto Nacional en sus Estadística, señala que habitualmente los dos cónyuges interponen al mismo tiempo la demanda y por ello este trámite puede verse resuelto en menos tiempo y con menos dinero de lo esperado.

No obstante, este no es el mismo escenario para las parejas que presentan la demanda de forma unilateral.

¿Cuánto tiempo lleva resolver un divorcio?

Esta es una pregunta muy común, y aunque pareciera no tener respuesta, si la tiene. Primero debemos tener en cuenta que el divorcio, independiente de la vía, es un proceso difícil y doloroso para el cónyuge, pero sobre todo para los hijos en común.

No es un proceso que se toma a la ligera, por el contrario, las emociones implicadas por parte de todos hacen que los profesionales jurídicos en estos ámbitos tengan un alto grado de sensibilidad. Por eso, resolver este proceso en el menor tiempo posible y de la forma menos perjudicial, es uno de los objetivos.

Tres aspectos a considerar para saber el tiempo que dura el proceso son: ruptura del vínculo, hijos (mayores o menores de edad) y la liquidación de los bienes.

En el punto 6 vamos a explicar con casos reales del INE, las diferencias del divorcio de mutuo acuerdo y el de vía contenciosa. Pues bien, un divorcio puede tardar tres meses en resolverse, pero si va a juicio puede alargarse hasta un año o más.

Es complejo dar un tiempo exacto para este procedimiento, ya que varios factores van a influir a lo largo del proceso, dentro de ellos están: el número de hijos, la voluntad de ambos para llegar a un acuerdo sobre el tipo de custodia, el valor de las pensiones solicitadas (que serán de acuerdo a la renta que tenga cada uno) o el patrimonio y también las deudas; estos se deberán dividir y repartir.

Otra cuestión a tener en cuenta son las discusiones que pueden surgir por la vivienda familiar o el tipo de régimen elegido para las capitulaciones matrimoniales puede hacer más difícil y demorado el proceso.

Divorcio: paso a paso

Por un lado, para los casos que exista mutuo acuerdo, simplemente se redactará el Convenio Regulador y este será llevado a los juzgados para ser ratificado. Asimismo, para reducir costos se puede compartir abogado y procurador. Cuando ambos cónyuges firmen, el Ministerio Fiscal emitirá el informe para proceder con la sentencia. Una vez hecho el divorcio deberá inscribirse en el mismo Registro Civil del matrimonio.

Es importante saber que la inscripción del divorcio en el Registro Civil, se debe solicitar, mediante mandamiento (la copia del testimonio de la sentencia) en el juzgado que corresponda. Este trámite es llevado a cabo por el abogado y con esto el divorcio concluiría. Te pareció fácil ¿no es así?

Como os decíamos anteriormente, el divorcio es un trámite burocrático simple, si hay mutuo acuerdo entre las partes. Lo más difícil aquí, sería llegar a entenderse en el momento de redactar el Convenio Regulador. Por lo demás, no existe preocupación alguna, pues el trámite ya estaría más que finalizado.

Por otro lado, están los casos en los que no hay entendimiento entre la pareja, lo que supondrá un divorcio contencioso, que puede ser por vía provisional o definitiva. El primero suele ser más rápido que el segundo, pero esto también dependiendo de los juzgados o también de las decisiones que las partes vayan tomando en el proceso.

También debemos recordar que, para los divorcios contenciosos, está la opción de acudir a la decisión al juez, pero esto hará que la sentencia definitiva tarde más tiempo.

Por el contrario, en el divorcio de mutuo acuerdo no es posible el recurso y las condiciones que se firmaron tienen que ser realizadas durante seis meses por lo menos, luego se podrá pedir modificaciones, pero estas deben ser por motivo de cambios sustanciales como un despido o un mejor sueldo.

¿En qué consiste y qué contiene un Convenio Regulador?

Anteriormente mencionamos el Convenio Regulador sin profundizar, por ello vamos a explicar de forma breve qué es y qué contiene.

Este documento es la pieza clave del divorcio porque allí se recopilan todas las condiciones que pactaron los cónyuges, además deberá presentarse en el juzgado para su aprobación. 

Es muy importante saber que lo pactado aquí es obligado por Ley, así que es importante reflexionar esta decisión, aunque puedan hacerse modificaciones.

El artículo 90 del Código Civil establece y detalla el Convenio Regulador así (citado literalmente):

  • El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de ésta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.

  • Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquéllos.

  • La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.

  • La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.

  • La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.

La pensión que conforme al artículo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.

Con los datos del Instituto Nacional de estadística podemos darnos una idea sobre la pensión alimenticia, que el año 2021 el 72% recayó sobre los padres de los casos (en los que el porcentaje de la pensión es aplicable, en parejas heterosexuales) mientras que las madres asumieron un 4,7% y los casos compartidos fueron del 22,6%.

Adicionalmente de la pensión alimenticia, la cual no es únicamente alimentos, sino que también incluye ropa, calzado, libros, útiles escolares y la asistencia médica. La sección f remite al artículo 97 del Código Civil, allí se detalla claramente la pensión compensatoria.

Pero ¿qué es la pensión compensatoria? Hace referencia al importe económico que deberá dar uno de los padres al otro, con el fin de reducir graves deterioros en el modo de vida de los hijos y de esta manera se evitará poner a una de las partes en riesgo o exclusión.

Esta no es una obligación, es más bien una opción que pueden establecer los padres o el juez, así como su pago (mensual, anual, etc) y su tiempo de duración (un pago puntual por determinado tiempo, o durante años o por toda la vida). Aclararemos más esta pensión en el punto 5.

Pese a todo, el llamado ‘interés del menor’ está sobre los acuerdos que los cónyuges hayan podido pactar. Este es un criterio que el poder judicial va a ser cumplir sobre el interés de la pareja.  Por lo tanto, si su Señoría entiende que esas condiciones aceptadas en el Acuerdo Regulatorio no pueden proteger a los hijos en común, tiene derecho a modificarlas.

Aparte de lo establecido en el Código Civil, el Convenio Regulador también debe incluir todos los aspectos relevantes que determinarán la relación entre las partes una vez disuelto el matrimonio. Por lo tanto, tómate el tiempo necesario para reflexionar sobre los objetivos, negociar y estar seguros de todo lo que quede recogido en dicho documento.

Medidas provisionales y medidas cautelares ante un divorcio

Medidas provisionales, hace referencia a todas las normas que se aplican durante el tiempo que demora en salir la sentencia, las cuales deben pedirse al tribunal como lo establece la Ley de Enjuiciamiento Civil. Las medidas cautelares son aquellas que se piden al juzgado y así poder alcanzar hasta la celebración del juicio, con el objetivo, en la mayoría de casos, de proteger el ‘interés del menor’.

¿Qué precio tiene un divorcio?

Intentaremos responder esta pregunta desde esta guía. No es fácil expresar un número concreto en euros, porque hay que tener claro que el precio depende, por lo menos, de los siguientes factores:

  • El lugar donde te encuentres, es decir la ciudad
  • Si es por mutuo acuerdo o es contencioso
  • Si existen o no hijos en común
  • El monto de las pensiones reclamadas

Además, recuerda que cada colegio de abogados provinciales, establece su propia escala de orientación para fijar el coste de los procedimientos de un divorcio.  Los honorarios del abogado y el procurador también deben pagarse, porque la Ley requiere que dos profesionales intervengan en el divorcio.

Consultamos con algunos abogados relacionados con Melendos en diferentes lugares de España para intentar determinar el importe. Ten en cuenta que estas cifras son simples aproximaciones y no se trata de precios precisos. Lo hacemos a manera de dar una información base y en general.

De esta manera, si el divorcio de mutuo acuerdo no incluye la liquidación del régimen de gananciales, el coste podría estar alrededor de 800 y 1.000€, añadido el precio del procurador, claro que este precio en las grandes capitales podría ser mayor.

Ahora bien, si es un divorcio contencioso, el precio aumenta. Su valor podría estar alrededor de los 1.500€ cuando no hay liquidación de gananciales, pero este precio podría subir de acuerdo a lo que se solicite en el juicio, de los recursos interpuestos y de otros factores perjudiciales.

Por supuesto, estas tarifas orientativas no incluyen las pensiones posteriores, que serán negociadas por ambos cónyuges si alcanza el acuerdo, de lo contrario el juez decidirá.

¿Existe la posibilidad de reconciliación tras un divorcio?

Brevemente, también explicaremos la posibilidad de reconciliación después de la ruptura del matrimonio. Como explica el Instituto de la Mujer del Ministerio de Salud, es posible volver a casarse con la misma persona después de la separación o el divorcio.

Para derogar la separación, ambos cónyuges deben notificar por separado al tribunal su intención de abolir el procedimiento. La única diferencia es que después de la reconciliación, el sistema económico del matrimonio será una especie de separación de bienes, a menos que se estipule lo contrario en las capitulaciones.

Si es un divorcio, no existe una reconciliación, pero si quieres volver con tu pareja anterior, debes formalizar el nuevo matrimonio de la misma forma como se celebraría el casamiento con un tercero.

Si quieres saber más sobre esto, el Instituto de la Mujer en su página web, tiene una lista con las 80 preguntas más frecuentes sobre separaciones, divorcios y acerca del régimen económico en el matrimonio, las cuales pueden servirte.

3. Los hijos ante el divorcio

Cuando hablamos de divorcio o separación, no podemos ignorar el hecho de que más allá de los padres están los pequeños.

Los padres siempre piensan en la felicidad de sus hijos, pero a veces, como ha demostrado la experiencia, los padres pueden quedar en estado de shock por diversas situaciones y olvidar que su mayor interés debería ser proteger al bebé. Sin embargo, el juez y el abogado, cumplirán la misión de recordarlo.

Uno de los mayores desafíos que enfrentan las parejas en el proceso de disolución se relaciona con los niños comunes. De hecho, su protección dependerá en gran medida de su edad y de si dependen de sus padres. Esto también afectará al sistema de visitas.

Si hay menores involucrados, es mejor un divorcio de mutuo acuerdo por el bienestar de los pequeños.

Por lo tanto, antes de la ruptura, las partes también deben ser conscientes de todas las posibilidades para sus hijos dependientes y en común (Los que son mayores de edad y económicamente autosuficientes no se consideran en divorcio, ya por custodia o pensión).

Los escenarios varían mucho dependiendo de la edad de los hijos, es diferente cuando se tiene un hijo de 19 años, uno 16 o un bebe, por ejemplo.

 Y ¿quién ejerce la custodia?

Lo que supone tener la guarda y custodia de los hijos, es tener más tiempo con ellos y estar ahí para su crecimiento diario. La educación, abrazarlos y ser su ejemplo en la mayoría de los casos es algo que ningún padre quiere perderse y por ello, en este tema hay tanta disputa.

La guarda y custodia es una de los principales enfrentamientos que se tienen que librar en un divorcio, por encima del régimen de visitas que se establezca (el cual regula el número de veces que el padre que no tiene la custodia puede ver a los niños).

A lo largo de los años, existe una tendencia creciente en España por otorgar la custodia compartida, lo que significa que madres y padres comparten la crianza de sus hijos de manera justa.

Desde la perspectiva de un menor, y siempre que el informe psicológico lo sugiera, esta es la mejor opción. Sin embargo, lograr este objetivo no siempre es fácil, porque hay más factores relacionados: residir en una casa familiar y recibir la pensión alimenticia. 

Además, dado que los jueces otorgan importancia a cuatro aspectos básicos, la custodia compartida no siempre es posible:

  • Que los padres mantengan una vida equilibrada
  • Que esa custodia compartida sea beneficiosa para atender las necesidades básicas de los menores
  • Que haya una estabilidad horaria la cual proporcione a los hijos mantener sus rutinas
  • Que las casas de los progenitores estén ubicadas la una próxima a la otra para que los hijos continúen en su colegio, con sus amistades y sus actividades extraescolares.

Si todo esto se cumple, su Señoría accederá al acuerdo de custodia compartida. Efectivamente, existen regiones que han determinado que la norma sea la tenencia compartida, un ejemplo de ello es Euskadi, Navarra, Cataluña, Aragón y Comunidad Valenciana, cada una de ellas con sus leyes y derechos forales propios. Al parecer, los demás también están por seguir sus pasos.

En 2009, el Tribunal Supremo de España determinó las condiciones para la custodia compartida. A partir de 2010, esta tendencia ha recibido atención. En ese año, el 10,5% de los matrimonios disueltos con hijos eligieron los compartidos; en 2016, esta proporción alcanzó el 28%.

Según la Oficina Nacional de Estadísticas, en 2016 hubo 14.377 divorcios entre parejas heterosexuales que optaron por compartir la custodia, de las cuales 33.522 fueron a favor de la madre (todavía una opción mayoritaria) y 2.562 a favor del padre. En 236 casos se otorgó la custodia a otros, entre los que se destacaron familiares (como abuelos, hermanos u otros).

Para responder a estas preguntas frecuentes sobre la custodia compartida, Melendos te brinda la guía detallada con las respuestas. 

Preguntas frecuentes sobre el régimen de visitas y comunicaciones

En caso de no optar por la custodia compartida, hay que ver otras opciones como el régimen de visitas, el cual fijará cuándo y dónde el progenitor que no tenga la custodia podrá ver a sus hijos.

De manera general, los padres deben establecer un calendario adecuado y consentido. Pero, en caso de no lograrlo será el juez quien determine y decrete como se llevará a cabo ese régimen de visitas, comenzando con un tipo de régimen general que se puede ir ajustando de acuerdo a las necesidades.

Para situaciones en las que la relación entre las ex parejas no es buena, se puede optar por establecer un Punto de Encuentro Familiar, donde se puedan hacer las entregas y recogidas de los menores, y mantener registros para verificar el cumplimiento de lo estipulado, por ejemplo si hay puntualidad etc.

Es un deber y una obligación cumplir con el régimen de visitas. Desde luego que hay diversas situaciones personales que podrían modificar este régimen, por ejemplo, pueden ser causas una enfermedad, dependencia a algo en específico o toxicomanía, estar viviendo lejos de la vivienda habitual de los hijos, tanto menores como mayores. Estas y otras cuestiones son mejor considerarlas con tu abogado de confianza.

Para finalizar con este apartado, lo importante siempre será, por encima de cualquier decisión, el bienestar y los derechos de los hijos en común, incluso su opinión cuando tengan la edad necesaria para ello durante las conversaciones del Convenio Regulador. Lo mejor en estos casos es dejar a un lado las disputas  personales y asegurar que el divorcio no sea un factor de alteración para el crecimiento de los hijos.

Las mascotas en el divorcio

En el Congreso de los Diputados, para el 12 de diciembre de 2017, se aprobó una Ley que permite cambiar el Código Civil respecto al trato hacia los animales, es decir, el trato como ‘bienes inmuebles’ cambio a ser considerados ‘seres vivos dotados de sensibilidad’. Esto implica gran repercusión en la ruptura matrimonial. 

Por el momento, no existe un texto que apruebe este cambio, por lo que se podrían hacer especulaciones no más, sin embargo, con estos pasos ya están muy cerca de hacerlo real. Por otro lado, frente a un divorcio las mascotas no pueden repartirse como si estas fueran objetos y mucho menos pueden ser embargados ante insolvencia.

Al eliminar este trato hacia los animales, implica que también exista un régimen de guarda y custodia para ellos, sin que la responsabilidad sea mayor carga para quien asume esto. No obstante, este concepto perderá validez, ya que el objetivo de la Ley es ese, evitar que sea considerado como un objeto más. Como los hijos, los animales no tienen dueño, el camino iniciado ya marca a que en el futuro ningún animal tenga dueño porque en estas consideraciones incluyen todos los animales amansados (comprados o adoptados).

Generalmente quien tenga la guarda y custodia de los niños tendrá la de la mascota por ser un miembro de la familia, pero también se debe pensar en las responsabilidades que esto implica.

Por ahora no se ha hablado de una pensión alimenticia para mascotas sin embargo esta será una de las cuestiones a tener en cuenta cuando sigan avanzando con este tipo de consideraciones. Además, cada día existe un mayor grado de sensibilidad hacia los animales. 

4. Cuentas claras en la disolución de la sociedad económica

Ahora vamos con la tercera parte del divorcio, la disolución de la sociedad económica del régimen matrimonial. Tal vez esto no os vaya a sonar muy romántico, pero ten presente que un matrimonio también implica legalmente un negocio y cuando la pareja decide romper hay que romper con esta figura.

Aunque puede no ser obligatorio la liquidación de gananciales, es aconsejable hacerlo así la pareja no tenga hijos, ya que esta relación tendrá unos activos y pasivos.

¿Gananciales o la separación de bienes?

Es un tema muy hablado la elección del régimen económico de gananciales del matrimonio porque es un aspecto clave para la formalización de una pareja. Claro que, en el momento de iniciar una nueva etapa con tu pareja, no es frecuente reflexionar sobre esto, pues no estamos pensando en finalizar este vínculo recién lo iniciamos.

No obstante, sí es importante conocer algunos aspectos, aunque la separación de bienes no suele ser gran problema en un divorcio.

De manera habitual en España, en las capitulaciones del matrimonio se fija el sistema de bienes gananciales que existe por defecto en las Comunidades Autónomas.  Sin embargo, las parejas están en toda la libertad de elegir entre la separación de bienes o el régimen participativo. Asimismo, pueden cambiar su régimen económico en el momento que quieran durante el matrimonio.

A continuación, hablaremos brevemente sobre cada régimen y cuál es mejor en cada caso:

  • Bienes gananciales: este es el tradicional y más extenso que existe en España. Este contempla en colocar en común todos los bienes y obligaciones que se hayan adquirido, ya sea parte de uno u otro. Este tipo de régimen es habitual en los matrimonios donde la renta proviene por uno de los dos y así, da protección al otro cónyuge para que frente a la ruptura pueda disponer también del patrimonio.
  • Separación de bienes: para este modelo, cada cónyuge es responsable de sus propios ingresos y su renta, sin la necesidad de poner en común los ingresos de su trabajo o de sus activos. Si se quiere optar por el divorcio, esta es la opción aconsejable, ya que hace más fácil la liquidación de la sociedad económica. Este sistema se usa habitualmente para los casos en los que cada uno de los cónyuges tiene parecidas rentas y patrimonios, es decir que no hay dependencia económica por parte de uno hacia el otro.
  • Régimen participativo: este es la combinación de los mencionados anteriormente. Aquí cada uno de los cónyuges es dueño de sus ingresos, pero en la ruptura se fijan unos mecanismos que permitan, al cónyuge que menos dinero haya recibido a lo largo del matrimonio, optar por parte de los bienes de la ex pareja.

Pues bien, hagamos un ejemplo para explicar mejor la diferencia, suponiendo que la pareja adquiere un coche; para el régimen de gananciales, el dinero utilizado para la compra es el resultado de la renta de uno de los cónyuges, aunque ambos estén en derecho de ser los dueños del vehículo en partes iguales (50% para cada uno). Ahora bien, si la pareja va a optar por el divorcio, el vehículo deberá venderse para que pueda repartirse en partes iguales.

Por el contrario, para la pareja en bienes gananciales, está la opción de establecer quién es el propietario. Por ello, si el vehículo es adquirido con la renta de uno de los cónyuges, este será el propietario y luego del divorcio, será el dueño del vehículo.

Recordemos que en el régimen de gananciales hay bienes gananciales y privativos, una división a tener en cuenta. El Código Civil tiene una lista de todos, además tu abogado sabrá desde el inicio del proceso cuál es la clasificación de tu patrimonio. 

Por ejemplo, los bienes privativos pueden ser una propiedad adquirida antes del matrimonio o, las propiedades heredadas. Esos bienes, incluso cuando la persona se case, seguirán perteneciendo a este. No obstante, es importante tener en cuenta el siguiente supuesto: si la pareja alquila ese bien privativo (vivienda) las rentas que obtenga de ese alquiler serán bienes gananciales. 

Aclarar el reparto en el Convenio regulador

¿Cómo hacer la disolución y liquidación del régimen económico? En un divorcio de mutuo acuerdo, ambas partes deberán hacer el inventario de lo que poseen y decidir cómo repartirlo incluyendo las propiedades, cuentas corrientes etc y los pasivos. Estos datos son los que lleva el Convenio Regulador, el cual deberá ser aprobado por el tribunal.

Evidentemente la mayoría de problemas derivados de una ruptura matrimonial son los aspectos económicos.

Entre más bienes existan, más conflicto hay en el momento de dar fin a la relación. No obstante, esto también dependerá mucho de las decisiones de los cónyuges para hacer el camino más fácil o tormentoso. Para los divorcios contenciosos será el juez quien tome las decisiones.

Es importante tener presente que tanto los bienes como las deudas computan en la liquidación.

La sociedad postganancial

Si no deseas hacer la liquidación para tu divorcio, ten en cuenta que esto conlleva unas consecuencias. Una de ellas es que entrarás en una ‘sociedad postganancial’ y aquí puedes estar durante varios años hasta que decidas liquidarla, además la Ley no establece un plazo fijo para ello.

Tanto el Tribunal Supremo como los juzgados provinciales cuentan con muchas jurisprudencias que pueden solucionar esta situación, por lo que si te interesa esta opción, consulta con tu abogado sobre su conveniencia.

Quizás estás pensando que no liquidar la sociedad económica en el momento del divorcio es una forma de simplificar el proceso y ganar tiempo para que la separación sea efectiva lo antes posible.

Pero no olvides que si eliges este camino, tú y su expareja seguirán en contacto de alguna manera. Y ante la adversidad económica, suele suceder que no podrás utilizar tu propiedad (venta, alquiler, etc.) para obtener liquidez sin la autorización de tu cónyuge.

También hay que recordar que la liquidación en el momento del divorcio tiene ventajas fiscales porque la resolución de bienes está exenta de ciertos impuestos relacionados y no computa en el IRPF, ni como aumento o disminución  del patrimonio. Para estudiar esto en profundidad, resolveremos el tema fiscal en el siguiente bloque.

5. Repercusiones fiscales del divorcio

Como todos sabemos, los impuestos existen en todos los aspectos de nuestra vida social. En un divorcio, esta situación no será diferente. A partir de ahora, uno de los problemas que suelen afrontar las parejas en el proceso de disolución es cómo deben organizar el pago de impuestos.

Tu abogado de confianza te explicará paso a paso lo que debes hacer, pero para tu tranquilidad inmediata, repasaremos brevemente las consecuencias que debes considerar para evitar enfrentamientos con Hacienda.

Declaración de la Renta: pago de pensiones y vivienda

La consecuencia más obvia después de una ruptura es la emisión de la Declaración del IRPF, sobre todo lo hacéis de forma conjunta con tu pareja antes. Ahora tendrás que hacer esto por separado y tu relación con Hacienda cambiará.

La liquidación de tus impuestos dependerá de las condiciones pactadas en el Convenio Regulador, como quién se queda en la vivienda familiar y quién paga la pensión, por ejemplo.

Algunos datos del INE exponen los pagos de la pensión compensatoria como algo exclusivamente reservado para un bajo porcentaje de divorcios, casos en los que el varón es casi siempre el que paga. Por tanto, en 2016, de los 95.501 divorcios de parejas heterosexuales registrados en España, el marido era el responsable de pagar 7.755 pensiones de este tipo por 7.335 esposas, tanto si se trataba de un divorcio por mutuo acuerdo como en un divorcio disputado.

No olvidemos que las pensiones compensatorias están diseñadas para reducir el desequilibrio económico entre los cónyuges después de una ruptura, para no causar un deterioro grave en la calidad de vida de alguno de ellos.

En cuanto a la pensión alimenticia, esto es muy común en el divorcio con un hijo, porque es el cónyuge quien transfiere el dinero a la otra parte para el cuidado diario del hijo (comida, ropa, útiles escolares etc pero no está incluida la pensión de los gastos extraordinarios). En 2016, entre 95.501 divorcios de parejas heterosexuales, esta cantidad equivalía a 40.022 casos de padres y 2.638 casos de madres, y de forma compartida 12.481 casos.

¿Cuál es la importancia de estos datos? Dado que estos dos pagos de pensión están desgravados en Hacienda, lo cual debe tenerse en cuenta al formular la Declaración. Sin embargo, y como siempre existe un pero, la Agencia Tributaria fija que se pueden desgravar cuando esté establecida de manera judicial, es decir que no se incluirán las sociedades en postganancial. 

A su vez, las personas que reciben una pensión alimenticia pueden estar exentas del tributo por ese ingreso, pero deben pagar impuestos sobre las pensiones compensatorias, ya que se consideran ingresos laborales no deducibles.

Para efectos fiscales, el divorcio se hará efectivo, según cuentas de Hacienda a 31 de diciembre, es decir que se tendrá en cuenta la situación en la que te encuentres ese día. No importa si el divorcio o la separación fue en marzo o en diciembre, para ese ejercicio ya deberás declarar como persona física.

Sin embargo, en términos generales, los padres con la guardia y custodia de los hijos pueden optar por declarar en concepto de unidad familiar. Pero ¿qué pasa con la custodia compartida? Las ex parejas deberán alcanzar un acuerdo para establecer cuál de los dos incluirá a los hijos en la declaración, ya que ellos solo podrán formar parte de una única unidad familiar.

Aunque, hay que recordar que la Justicia está resolviendo lo que considera como pensión alimenticia, a causa de las reclamaciones de los contribuyentes porque Hacienda no estaba teniendo en cuenta los gastos que se derivan aparte de la manutención.

Ahora bien, en términos de la vivienda, después del divorcio la persona que está obligada a mudarse puede continuar deduciendo el 15% del gasto de hipoteca, por la que era su vivienda habitual. Pero, si la propiedad decide venderse, se deberá tributar por esto.

Retenciones en la Seguridad Social

Después del divorcio vas a tener más factores a considerar respecto a tu relación con la Seguridad Social. Un ejemplo es la tarjeta sanitaria, en caso de ser beneficiaria de la pareja que cotiza, no perderás tus derechos.

Otra cuestión, un poco más a futuro será la pensión de viuda. Pero, generalmente, en estos casos no tiene el derecho para recibir pagos de parte de la Administración, a menos que en vida tuvieras una pensión compensatoria.

Nuestro consejo es que anotes todo tipo de dudas o preguntas que tengas y acudas a tu abogado experto en Derecho de Familia. Melendos pone a tu disposición de forma fácil, rápida y sencilla hasta 3 presupuestos sobre tu caso específico en menos de 24 horas. 

6. Cifras del divorcio en España: quién, qué, cuándo y dónde

Una vez explicado en qué consiste el divorcio, las vías que existen para obtenerlo, trámites, tiempos, la relación con los hijos y las afectaciones a la fiscalidad personal luego de la ruptura matrimonial, es momento de ampliar el contexto de esta situación con un análisis de las cifras que otorga en Instituto Nacional de Estadística. 

Primero vamos a considerar la evolución a través del paso de los años. Se tiende a pensar que cada día existen más rupturas, pero esto no es del todo correcto y las cifras lo demuestran.

Algo que, sí ha sucedido, evidentemente es una inversión en el número de separaciones y divorcios, todo a causa de la reforma del año 2015 sobre el divorcio, por la cual se eliminaban plazos previos, se eliminaban las obligaciones de las separaciones como requisito indispensable, la custodia compartida era permitida y se eliminaban las obligaciones por tener que alegar los motivos de la ruptura.

Por tanto, hasta 2004, el número de separaciones siempre fue mayor que el número de divorcios. Si miramos el gráfico del año 2000, podemos ver que, a principios de este siglo, la tendencia de rupturas matrimoniales va en aumento, de 99,474 casos en 2000 a un récord de 145,919 casos en 2006.

En 2004, la separación alcanzó su punto máximo, con 81.618 divorcios y casi 51.000 divorcios. En 2005, con la aprobación de la reforma (a finales de junio), esta tendencia pasó a un papel secundario de la separación, en 2016 se registraron 4353 casos y el año pasado se registraron 96.824 divorcios. En este sentido, el número de nulidades se ha mantenido igual, con 100 a 200 casos por año.

Si calculamos la suma de divorcios, separaciones y divorcios, los datos de 2016 son similares a los datos de 2000. Además, en los últimos cuatro años esta tendencia ha sido casi plana, con algo más de 100.000 rupturas al año.

Sin embargo, el Instituto Nacional de Estadística proporcionó más análisis para comprender la situación del divorcio en España. La edad del cónyuge, la duración del matrimonio, la orientación sexual de la pareja, la división del territorio, la trayectoria del trámite, la existencia del hijo y quién inició el divorcio son otros parámetros registrados y publicados por la Administración. Todos estos, los presentaremos en detalle en este enlace.

Divorcio por Comunidad Autónoma

¿Quiénes tienen más divorcios en España? El diario El País realizó una media de las rupturas matrimoniales, por cada mil habitantes en cada comunidad autónoma, excepto Ceuta. Como medida nacional el 2,2 ‰ son disoluciones, con Cataluña encabezando el ranking con 2,6 ‰, le sigue Melilla, Cantabria y Canarias con el 2,4 ‰. Valencia con una tasa de 2,3 ‰ y por debajo Madrid y Baleares con un 2,2 ‰.

Más abajo, los castellanos y leoneses, son aquellos que casi no rompen estos vínculos. Con una media de 1,6 rupturas por cada mil habitantes. Navarra, País Vasco, Extremadura, Andalucía, La Rioja, Murcia, y Galicia también están por debajo de la media. Claro está que estos son datos de 2015.

En números absolutos, el último dato facilitado por el INE de Cataluña es 2016, donde, en términos de ruptura (recordemos, es la suma de nulidad, separación y divorcio), Cataluña también está dentro de los primeros puestos con 18.632 casos. 17.885 en Andalucía y 13.809 en Madrid (las regiones con más población son las que encabezan la lista). 12.464 disoluciones en la Comunidad Valenciana, pero en el caso de las pocas se encuentran Galicia y Canarias con 5.000, y sigue bajando con País Vasco, Castilla y León con 4.000. Ceuta registró en 2016 223 rupturas.

Algo que se puede observar en todas las Comunidades Autónomas de España y respecto al divorcio es que se mantienen sobre las mismas tendencias a nivel nacional. Esto quiere decir que ninguna tiene descensos o aumentos fuertes en comparación con los datos de 2010. Una anécdota para mencionar es que entre los años 2012 y 2013 los divorcios en Andalucía tuvieron una disminución considerable, de 19.100 bajo a 16.473.

Divorcios de acuerdo a la vía de resolución

Como mencionamos al principio, hay dos vías para resolver un divorcio: por común acuerdo o un divorcio contencioso. Los datos a continuación exponen lo que suponen estas dos.

En España para el año 2016 hubo 96.824 divorcios. La mayor parte de estos decidieron romper su vínculo de mutuo acuerdo, unos 74.161. ¿Qué nos dicen estas cifras? Que en la mayor parte de los casos: 49.611 el procedimiento, en menos de tres meses, estaba resuelto, ya sea por sentencia, decreto y escritura pública. 16.128 casos resueltos entre 3 y 5 meses de los divorcios de mutuo acuerdo y 6.387 entre los 6 y 11 meses. Lo que concluye que tan solo 2.035 casos, el divorcio de mutuo acuerdo se prolongó durante un año o más.

En comparación con un divorcio contencioso, demuestra que la forma más rápida y económica es la comprensión. 22.663 casos hubo de esos divorcios por vía judicial, de los cuales 6.000 tardaron un año o más en resolverse. Entre 6 y 11 meses tardaron 9.794, entre 3 y 5 meses 5.789 y un porcentaje más bajo obtuvo sus sentencias antes de los tres meses con 1.229 casos. 

Esto significa que el 67% de las parejas optaron por divorciarse de mutuo acuerdo, y el problema se resolvió en menos de tres meses, y solo el 2,7% de las parejas tardaron un año o más. En los divorcios contenciosos, la situación es la contraria: solo el 5,4% fueron sentenciados en menos de tres meses, mientras que una cuarta parte de las parejas (26%) tuvo que esperar un año o más para probar la ruptura y con todo lo que esto implica.

Perfil de la persona divorciada entre los 40 y 49 años

Para comprender mejor este caso, un dato que nos ayudará es saber cómo es la edad de la persona que se divorcia, su sexo y nacionalidad. Sobre todo, los dos primeros datos de 2016. ¿Qué es lo que señala el INE?

La gran mayoría de los divorcios se producen entre los 35 y los 59 años (si tenemos en cuenta que en España, la media de las mujeres se casan alrededor de los 34 años y los hombres alrededor de los 37, algo que no es extraño).

Se puede observar que, en la tasa total de divorcios del año pasado, el 26% de las parejas tenían entre 40 y 49 años. En este grupo de edad, hay al menos dos proporciones más altas. Luego hubo la franja entre las edades de 50 y 59, y también hubo parejas entre las edades de 35 y 39.

La anécdota ocurrió entre personas menores de 28 años que se divorciaron en 2016. Los hechos han demostrado que no hay edad para la ruptura del matrimonio, porque 3.253 personas mayores de 70 años también se divorciaron.

¿Cuánto tiempo puede durar el matrimonio antes de que se rompa? Esta es otra estadística interesante para analizar el divorcio en España. La mayoría de los casos, 30.633 en 2016, duran casados por 20 años o más antes de poner fin a la relación, pero también, con 21.513 aquellos que duraron entre 5 y 9 años.

Con 17.437 disoluciones de uniones entre 10 y 14 años y entre 15 y 9 años 14.113. Como dato curioso, 733 matrimonios finalizaron antes de llegar al año y 2.082 celebraron su primer aniversario, pero no alcanzaron al segundo. 

Los hijos en común son un factor clave del divorcio

Pues bien, como mencionamos antes, tener hijos en común o no afecta la manera de afrontar el divorcio. Siempre la justicia y los abogados harán todo lo posible porque los intereses del menor primen por sobre las decisiones de los progenitores, garantizando una serie de derechos que permitan su pleno bienestar.

Por esto, las estadísticas también muestran la cantidad de matrimonios que rompieron con hijos o sin ellos. Los hijos mayores independientes se excluyen del NIE, pues estos no afectan en un divorcio.

Tomando de nuevo el año 2016 de referencia se puede ver que 41.526 no tenían hijos en común. Es decir que no tuvieron que negociar la custodia, una pensión alimenticia o un régimen de visitas.

En cambio, 45.882 parejas que decidieron divorciarse tuvieron hijos menores, principalmente uno o dos, aunque también existieron casos con tres o más. Hubo 4.449 divorcios con hijos mayores dependientes, y 4.967 casos tanto mayores dependientes como menores.

¿Sabías que son ellas quienes toman la iniciativa?

Tratando de adivinar desde el principio, el último factor decisivo en la cantidad y forma de divorcios es quien presenta una demanda.

El INE también hace una clasificación de acuerdo a si es ella, él o ambos quienes toman la iniciativa. En esta consideración solo entran los matrimonios del mismo sexo, a continuación, los resultados.

En la mayoría de los divorcios, ambos cónyuges presentan una reclamación. Hubo 61,337 casos en 2016. De estos 61.108 casos fueron pactados por ambas partes, lo que supuso un ahorro de tiempo y dinero.

¿Qué pasó con el resto de las disoluciones matrimoniales? Ellas ganan aquí. De los divorcios presentados por la mujer fueron 21.897 mientras que para los hombres fueron 12.267. En este caso los resueltos por vía contenciosa tienen un 65% de las veces.

Cabe resaltar que en este apartado solo estamos hablando de matrimonios heterosexuales. En España se celebraron 165.172 matrimonios entre mujer y hombre en el 2015. Mientras que los enlaces entre personas del mismo sexo, entre mujeres fueron 1.813 y entre hombres 1.925 para un total de 3.738.

Regresando al 2016, los divorcios entre parejas homosexuales fueron 1.323, de esos, 121 con negociaciones interrumpidas y en juzgados. Esto significa que en el 77,6% de los casos los matrimonios entre hombres y mujeres resolvieron el divorcio por mutuo acuerdo, mientras que las parejas del mismo sexo lograron entenderse en el 90,8% de los casos.

Divorcio en España frente al resto de Europa

Probablemente te has preguntado… ¿los españoles nos divorciamos más que en otros países de Europa? Pues bien, para hablar de ello vamos a utilizar las tasas comparadas en todo el continente del diario Expansión.

En 2015 la tasa bruta de los divorcios en España fue de 2.1 por cada mil habitantes (sin incluir las separaciones y nulidades). En Rusia, según datos de 2016, esta tasa es de 4,1 por cada mil habitantes, mucho más alta que Bielorrusia (3,5 ‰) o Lituania (3,2 ‰).

Entre los principales países de la UE, la tasa de divorcios en Dinamarca es de 2,9 ‰, Portugal (2,3‰), Bélgica es de 2,2 ‰ y debajo de España se encuentra Alemania con 2 ‰, Francia (1,9 ‰) o el Reino Unido (1,7 ‰). Irlanda terminó esta clasificación con 0,6 ‰, a pesar de utilizar datos de 2013.

Indistintamente del dónde, cómo, cuándo y por qué, es importante que te asistas de un abogado para hacer frente a una ruptura matrimonial, un especialista de confianza que pueda guiarte durante todo el proceso jurídico.

¿Quieres consultar a un abogado especialista?

Si deseas consultar con un abogado especialista, te invitamos a rellenar el formulario disponible en esta misma página en la que te encuentras ahora.

Tras ello, tu petición se enviará a Melendos, una plataforma legal de confianza que conecta a personas como tú con abogados, permitiéndote obtener presupuestos de hasta tres abogados especializados.

Todo ello con la comodidad de gestionarlo desde tu hogar y la seguridad de estar en contacto con abogados de primer nivel.

¿Necesitas abogado?
Cuéntanos tu caso y recibe presupuestos de forma gratuita