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Exequatur

Procedimiento de Exequatur – Guía 2024

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El exequatur (también denominado exequátur o execuátur) es un procedimiento legal a través del cual los Tribunales de España homologan una sentencia dictada en un país extranjero. Tras convalidarse la sentencia a través del exequatur, podrá ejecutarse como si fuese una resolución dictada por los tribunales españoles. 

¿Cuándo es necesario solicitar un exequatur?

La homologación de sentencias extranjeras en España depende de si el Tribunal que emitió la sentencia pertenece a un Estado miembro de la Unión Europea o no. 

Sentencias dictadas por Estados miembros de la Unión Europea

Para aquellas sentencias dictadas por un Estado perteneciente a la Unión Europea, la homologación de la sentencia será automática, no siendo necesario tramitar un procedimiento de exequatur para su reconocimiento en España. 

Además, está homologación automática también se extiende a otros 3 estados que no forman parte de la Unión Europea: Islandia, Noruega y Suiza.

Sin embargo, existe una excepción dentro del panorama de la Unión Europea, ya que las sentencias dictadas por los Tribunales de Dinamarca no se homologan de manera automática, teniendo un tratamiento especial.

Este homologación automática está regulada a través de los siguientes Reglamentos Europeos:

  • El Reglamento  Europeo 44/2001 de 12 de diciembre de 2012, en lo relativo a Derecho Civil y Derecho Mercantil.
  • El Reglamento 2201/2003 de noviembre de 2003 en lo relativo a materia de Derecho de Familia.

Sentencias dictadas por Estados no pertenecientes a la Unión Europea

Sin embargo, para sentencias dictadas por Tribunales de un Estado no perteneciente a la Unión Europea, cómo son los tribunales de Latinoamérica,  la homologación  deberá tramitarse a través del procedimiento de exequatur. 

En este caso, el marco regulatorio en España es la Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil.

Brexit y procedimiento de Exequatur

Tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea en el año 2017, se generaron muchas incertidumbres en cuanto a la homologación de sentencias a nivel europeo.

Por ello, tras el Brexit, las sentencias dictadas en los tribunales británicos se ejecutarán en España dependiendo de cuándo se haya iniciado el procedimiento judicial en el Reino Unido.

Para procedimientos iniciados antes del 31 de diciembre de 2020, la homologación se producirá de manera automática, por lo que no será necesario recurrir al exequatur. Sin embargo, para aquellos procesos iniciados después del 31 de diciembre de 2020, se deberá solicitar exequatur ante los tribunales españoles.

¿Qué sentencias extranjeras son homologables a través del exequatur?

Las sentencias que pueden ser homologadas en España a través de un procedimiento de exequatur son las siguientes: 

  • Sentencias firmes recaídas (que no hayan sido recurridas) procedentes de procesos contenciosos. 
  • Sentencias correspondientes con procedimientos de jurisdicción voluntaria.
  • Laudos de árbitros o jueces mediadores en un conflicto.
  • Medidas cautelares y provisionales, cuando la denegación de su reconocimiento suponga una vulneración de la tutela judicial efectiva y siempre que se hubieran acordado con audiencia de la parte contraria.

Fases del procedimiento de Exequatur

El pistoletazo de salida del exequatur se daría a través de la interposición de una demanda por parte de la persona interesada, lo cual se deberá realizar a través de un abogado.

Esta demanda de exequatur puede ser interpuesta tanto por españoles cómo por extranjeros con residencia legal en España. 

Esta demanda de exequatur deberá ser interpuesta ante los Juzgados de Primera Instancia en caso de tratarse de materia civil, o ante los Juzgados de lo Mercantil en caso de ser un asunto mercantil.

Una vez tramitada la demanda,  el juez estudiará la misma, y en caso de cumplir con los requerimientos legales dictará el decreto de admisión.

Tras ello, se traslada la demanda a la otra parte, pudiendo oponerse en el plazo de 30 días.

Transcurridos los plazos oportunos, el juez resolverá lo que proceda en un periodo máximo de 10 días. Contra la sentencia se podrá presentar recurso de apelación en caso de no estar de acuerdo.

Caso concreto: exequatur de Divorcio

La mayoría de las solicitudes de exequatur en España se corresponden con sentencias de divorcio.

El exequatur es imprescindible para la homologación de una sentencia de nulidad, separación o divorcio extranjera en el acta de matrimonio de un Registro Civil español. 

Para poder homologar la sentencia, está debe contar con los los siguientes requisitos:

  1. La sentencia de divorcio debe ser firme, y además debe tener la Apostilla del Tribunal de la Haya.  
  2. La sentencia de divorcio deberá estar traducida al español. Dicha traducción deberá haber sido cometida por un traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
  3. Se tendrá que presentar el certificado literal de inscripción matrimonial realizado en el Registro Civil español. Este certificado será empleado por el abogado para la consecución del exequatur.
  4. En algunos casos, el abogado podría solicitar documentación adicional.

¿Cuándo cuesta un procedimiento de exequatur?

El precio del exequátur puede variar dependiendo de la complejidad del caso. En términos generales, los costes pueden oscilar entre un mínimo de 400 euros, un promedio de 500 euros y un máximo de 700 euros.

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