En una decisión trascendental, el Tribunal Supremo de España ha determinado que ambos progenitores tienen derecho a recibir simultáneamente el complemento de maternidad por aportación demográfica.
El fallo, proveniente de un recurso presentado, establece que la concesión de este complemento no es privativa de uno de los progenitores, sino que ambos pueden beneficiarse de él simultáneamente. Esta decisión del Tribunal Supremo altera la interpretación anterior que contemplaba este beneficio como exclusivo para uno de los progenitores.
El complemento de maternidad por aportación demográfica es un monto adicional que se suma a la pensión de las mujeres que han tenido hijos, con la finalidad de reconocer su contribución demográfica a la sociedad. Con esta nueva interpretación del Tribunal Supremo, tanto la madre como el padre podrán recibir este complemento, siempre y cuando cumplan con los criterios necesarios.
El Tribunal Supremo ha sostenido que la normativa existente no prohíbe explícitamente que ambos progenitores puedan recibir este beneficio de manera simultánea. Por lo tanto, concluyeron que si ambos progenitores cumplen con los requisitos, deberían tener derecho a recibir este complemento.
Este fallo representa un significativo avance hacia la igualdad de género en las políticas de familia y seguridad social. Al permitir que ambos progenitores puedan recibir este complemento, se reconoce que tanto las madres como los padres contribuyen de forma sustancial a la aportación demográfica de la sociedad.
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