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Todos los detalles del Delito de Atentado a la Autoridad

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Actualmente estamos inmersos, y de manera general todas las sociedades, con cierto número de delitos que atentan contra agentes de la autoridad. Este acto delictivo se conoce como: delito contra la autoridad Delito de Atentado a la Autoridad. De hecho, esta situación no es exclusiva de un país o región. No se debe a factores simples, sino a la complejidad de la sociedad a analizar. 

Para dar una idea de todo lo que abarca jurídicamente este tipo de delitos, explicaremos en varias secciones los aspectos más importantes a tener en cuenta de los delitos contra la autoridad.

¿Quiénes son los agentes de autoridad? 

Primero debemos remitirnos al Código Penal de 2015 donde lo define así: 

“Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas. En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.” 

Lo que el anterior párrafo nos dice es que los agentes de la autoridad no se limitan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, sino que de hecho, también son agentes de la autoridad los funcionarios públicos (sector de la enseñanza y la salud). Por supuesto, siempre que estén ejerciendo sus funciones hasta cierto punto. Por tanto, el delito de infracción a la autoridad no se ve involucrado en ningún momento y lugar. 

Ese cambio en el concepto de los agentes de la autoridad es resultado de la cantidad progresiva de delitos que se cometen contra los profesionales de la salud y de la educación. Asimismo, el objetivo de esta es incrementar el nivel de protección para ellos y así que los agresores con penas mayores desistan. 

Dicho de otra manera, no solo se trata de proteger al funcionario, en su individualidad. Si no que también se blinda en la función representada y ejerce en nombre del poder público.

¿Qué situaciones se consideran como delito contra la autoridad? 

Para dar respuesta a esta pregunta, primero tenemos que hacer una diferencia entre el delito contra la autoridad y el delito de resistencia a la autoridad. 

Básicamente, la diferencia es que el delito contra la autoridad es cuando hay una voluntad o ánimo de causar ciertos daños al agente, por otro lado, el delito de resistencia a los agentes refiere al impedimento del agente para realizar actos propios de su cargo o cometido. 

Sin embargo, esta diferencia no siempre es tan sencilla de interpretar, porque cada uno se asocia con penas bastante distintas, de acuerdo con la gravedad del caso. Por ello, el delito contra la autoridad, según el Art. 550.2 del Código Penal lo señala así: 

“Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.”

En tanto que, el delito de resistencia a los agentes de la autoridad, establecido en el Art. 556 del Código Penal, señala que el castigo será de entre tres meses y hasta un año de prisión, o multa desde los 6 a los 18 meses, a todos los casos en los que haya resistencia o desobediencia grave a la autoridad, o a los profesionales de la seguridad privada que están en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos del Estado. 

¿Cómo diferenciar estos dos delitos? 

Para comprender mejor la distinción entre un delito contra la autoridad y un delito de resistencia a la autoridad, es conveniente acogerse a una sentencia del 20 de diciembre de 2017 del Tribunal Supremo. Conforme a dicha sentencia, la resistencia activa grave forma parte del delito contra la autoridad, ejemplificado en el artículo 550 del Código Penal. 

En los delitos de resistencia, se incluyen tanto la activa no grave, como la pasiva grave, recogidas en el Art. 556 del citado Código. A su vez, la resistencia pasiva no grave contra los agentes de la autoridad está despenalizada, aunque si es posible sancionarse bajo la Ley de Seguridad Ciudadana. 

¿Cómo se configuran las penas para los delitos contra la autoridad? 

Detalladamente, las penas que cometen delitos con la autoridad son establecidas así:

·         Delito contra la autoridad: cárcel de entre 1 a 4 años y multa entre 3 a 6 meses.

·         Delito de resistencia: cárcel por 3 meses a 1 año y multa de 6 a 18 meses.

·         Falta de respeto: multa entre 1 a 3 meses. 

Es importante destacar que la multa para los casos de delitos contra la autoridad es de cuantía diaria.  Esta será con base en el nivel de ingresos del acusado y sus gastos, respecto a necesidades especiales y familiares.

Ejemplos de delitos contra la autoridad 

Miremos algunos ejemplos como la Audiencia Provincial de Jaén que, en la sentencia del 19 de diciembre, año 2017, dispone así: 

”En el caso de autos la actuación del acusado, empujando violentamente al agente policial y tirándolo al suelo tras una zancadilla, excedió de la mera desobediencia o resistencia del artículo 556, constituyendo un delito de atentado previsto y penado en el artículo 550 Código Penal, por lo que se ha de confirmar la pena de prisión de un año y tres meses.” 

En cambio, en la sentencia del 14 de diciembre del mismo año, la Audiencia Provincial de Lugo: 

”No se produce quiebra del principio acusatorio por cuanto que la homogeneidad entre los delitos de atentado y de resistencia es evidente y la única diferencia radica en la mayor o menor entidad de la resistencia física o fuerza producida por el imputado para enfrentarse a los agentes de la autoridad”. 

En el siguiente año, junio de 2018, la Audiencia Provincial de Valencia, ordenó 5 años y medio de prisión al propietario de American Staffodshire Terrier, pues se le acusó de delito contra la autoridad y perjuicio. En conclusión, el policía fue absuelto, ya que se consideró que actuó en cumplimiento con su deber. 

En este caso, lo sucedido fue que el acusado paseaba por la calle a su perro (de una raza eventualmente peligrosa) sin bozal. Así como está en la sentencia, el policía se dirigió al condenado pidiéndole que le colocara el bozal a su mascota, pero la reacción del sujeto fue golpear al policía causándole lesiones.

Delitos contra la autoridad y los funcionarios sanitarios 

En diversas situaciones los sanitarios pueden verse expuestos a situaciones extremas. Pues bien, por su labor atienden a todo tipo de personas, con signos de ansiedad o adicciones, por dar un ejemplo. En consecuencia, no es sorpresa que, al pasar los años, se contempla oportuno considerarlos agentes de la autoridad. Por ello, a partir del año 2015, los funcionarios sanitarios tienen derecho de autoridad si se encuentran en el ejercicio de sus labores. 

Y como no, si el número de agresiones en los hospitales se ha incrementado notablemente, es necesario considerar todo tipo de agresión física o de resistencia con intimidación, o violencia ejercida sobre un funcionario sanitario como un delito en contra de la autoridad. Por eso, lo que estamos analizando está más allá de un delito de lesiones. 

Limitaciones 

Pero debe tenerse en cuenta que no todos los médicos son considerados autorizados por la ley. Son aquellas personas que prestan servicios en el sistema sanitario público. Por ese motivo, la agresión a los médicos de la sanidad privada se sigue clasificando como un delito de lesiones, pero no como uno de autoridad. 

Pues bien, otro factor importante a tener en cuenta, es cuando la agresión se da un lugar dentro del ámbito privado del sanitario, pues este igualmente, no es considerado un delito contra la autoridad. Además, en este caso, el profesional debe estar en ejercicio de las funciones propias de su cargo. 

Para ambos casos, lo que todo abogado experto en materia aconsejaría es la interposición de una denuncia. Aun cuando no sea claro, de momento, si la agresión hace parte de un delito contra la autoridad o no. Por tanto, la investigación puede continuar. Y, si lo creen oportuno, convocarán a personas para participar en el juicio oral. 

Sentencias informativas 

Por ejemplo, en abril de 2018, el Juez de Primera Instancia e Instrucción No. 1 de Vélez en Málaga, emitió una sentencia aclaratoria. La sentenciada era una que golpeó a una enfermera en su pecho. Por dicho comportamiento fue condenada a 4 meses de prisión por delito contra la autoridad. Añadiendo que también debió asumir una multa de veinte días, 6€ diarios, por los delitos leves de lesiones, que en total fueron 240€.

Por su parte, Logroño condenó un delito contra la autoridad, por agresiones y lesiones. Para este caso los agredidos fueron un médico y una enfermera, y el acusado recibió una condena de 36 meses en prisión. Sumando que se le impuso 3 meses de multa. 

Acciones complementarias para la ampliación del delito contra la autoridad 

Para dichas acciones no solo se debe hacer frente por la vía penal, también es necesario la opinión de expertos, pues es importante crear medidas para evitar que sucedan estos hechos. Principalmente, con medidas e instrumentos de prevención y protocolos de actuación frente a situaciones así. 

Un ejemplo de ello es el Ministerio del Interior, el cual presentó en conjunto con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la instrucción 3 de 2017 acerca de las medidas policiales que se deben adoptar en casos de agresiones a los profesionales de la salud. Esto resulta en consecuencia con el compromiso asumido con los representantes de la Organización Médica Colegial y el Observatorio Nacional de Agresiones a Médicos. 

Delitos contra la autoridad y los funcionarios

Del mismo modo que sucede con los funcionarios de salud, los ataques contra el personal docente se han clasificado como delitos contra la autoridad desde las reformas de 2015. Ellos también tienen la consideración de autoridad, mientras estén ejerciendo sus funciones. 

Del mismo modo, el régimen de penas que se puede aplicar concuerda totalmente con el de los funcionarios sanitarios. Aunque también se entiende mejor su condición actual con algunas sentencias que fueron dictadas al respecto. 

Anteriores a la reforma del 2015 en el Código Penal 

Antes que nada, la primera sentencia, amparada por la ley, clasifica los delitos contra la autoridad para los funcionarios docentes víctimas del maltrato docente. 

En enero del 2010, se emite dicha sentencia, la cual dio lugar antes de la reforma del 2015 del Código Penal, en donde se incluyen unas nuevas figuras de delito contra la autoridad en contra de docentes y sanitarios. 

Con ello, se dictó sentencia sin antecedentes a nivel nacional, por parte del Juzgado de Menores Número 1 de Las Palmas. Asimismo, se consideró la primera vez de delito contra la autoridad por maltrato a un docente.

Esta primera sentencia condenó a la agresora (una menor) a 1 año de libertad bajo vigilancia, así como también empezar un tratamiento psiquiátrico. Por parte de la víctima, la profesora, la compensación económica otorgada es de 9.000€, asumiendo los padres el pago de este importe por los daños físicos y morales ocasionados. 

La información legal resalta la importancia de esta novedosa sentencia. Esto se debe a que, es la primera vez que introduce una clasificación autorizada de delitos contra la autoridad, cuando los docentes se encuentran en ejercicio de su función. Para ese momento, delitos de este tipo eran calificados como faltas y no necesariamente como delito contra la autoridad. 

Posterior a la reforma del 2015 en el Código Penal 

Una vez establecida la nueva normativa en abril del año siguiente (2016), una mujer fue condenada a 1 año de prisión por ser culpable de agredir, amenazar e injuriar al profesor de su hijo. 

Para estos casos, y así como en los delitos contra la autoridad de funcionarios sanitarios, dichos sucesos no solo deberán combatirse por vía penal. Es necesario crear las condiciones adecuadas y sensibilizar a la sociedad para evitar incidentes de estas características. Más importante aún, es necesario diseñar medidas preventivas y establecer acuerdos para regular las acciones de las personas involucradas en dichas situaciones. 

¿Qué debo hacer cuando padezco o presencio un delito contra la autoridad? 

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